Español English Português
Ir a inicio

23 de noviembre de 2018

Novedades en el ITP y AJD en relación con los préstamos con garantía hipotecaria

Tras la polémica suscitada por el cambio de criterio del TS en relación con la determinación de quién debe ser considerado sujeto pasivo en las escrituras de préstamo hipotecario en la modalidad AJD, el gobierno mediante la aprobación del Real Decreto 17/2018 procedió, de manera urgente a la modificación de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.  

De esta forma, desde el 10 de Noviembre de 2018, entran en vigor las siguientes modificaciones en la LITP que modifican la tributación de los préstamos con garantía hipotecaria. En concreto:  

  • Se establece, respecto al Sujeto Pasivo del impuesto en la modalidad de AJD, documentos notariales, que en el supuesto de escrituras de préstamo con garantía hipotecaria, se considerará como sujeto pasivo al Prestamista.  Hasta la entrada de esta última modificación, se recogía como Sujeto Pasivo del impuesto en esta modalidad al adquirente del bien o derecho o, en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales, o aquellos en cuyo interés se expidan.
  • Respecto a las exenciones aplicables en esta modalidad, el nuevo articulado añade una nueva exención que resulta aplicable a las escrituras de préstamo con garantía hipotecaria en las que el prestatario sea entre otros el Estado, organizaciones sin ánimo de lucro y la Iglesia Católica.

Esta reforma vine motivada por la situación de incertidumbre jurídica que se ha producido con motivo de las recientes y contradictorias pronunciamientos del Tribunal Supremo respecto a la determinación del sujeto pasivo en la modalidad de AJD, en los supuestos de formalización de escrituras de préstamos con garantía hipotecaria, donde en un primer momento se consideró que el sujeto pasivo en este tipo de operaciones era el acreedor hipotecario y tras nuevas deliberaciones se decidió volver al criterio inicial, según el cual se ha de considerar sujeto pasivo en estos casos al prestatario.

 

Ir a acreditaciones Sellos ISO Apoyo Pacto Mundial Firma del charter de la diversidad Sello Chambertrust Sello Madrid Excelente
Conózcanos
Historia
Misión, visión y valores
Delegaciones
Equipo humano
Clientes
Cuándo contratarnos
Sectores
Cómo trabajamos
Metodología
Filosofía de trabajo
Personas
Gestión de la diversidad
Acreditaciones
Código Ético
Consultoría
Mediación en Innovación
Consultoría de Negocio
Consultoría de Organización
Corporate Finance
Consultoría Fiscal y Mercantil
Consultoria Sistemas de Gestión Calidad Medio Ambiente OHSAS
Sector Agroalimentario Servicios Específicos Consultoría General
Personas
CanalCV
Planes de conciliación
Planes de igualdad
Reconocimiento EFR
EFR Municipios
EFQM
EFR
Desarrollo local sostenible
Internacionalización
Consultoría de internacionalización
Especialización por países
Acompañamiento al inversor extranjero
Alianzas Internacionales
Otros
Contacto
Enlaces
Gesor Solidario
Colaboradores
Grupo Gesor | Madrid
C/Luchana, nº4 - 1º
28010 Madrid (Spain)
Grupo Gesor | Asturias
Edificio CentroElena, Planta 0, Oficina H
Parque Tecnológico de Asturias
33420 Llanera (Spain)
Grupo Gesor | Bilbao
Parque Empresarial San Martín, Pabellón 1
48550 Muskiz Vizcaya (España)
Grupo Gesor | Valencia
Sede ATM Natura
Parque Empresarial San Martín, Pabellón 1
Parque Empresarial VALENCIA 2000
Ctra. Nac. III, km.345
46930 Quart de Poblet (Valencia)

Grupo Gesor | Gestión y Organización para Empresas S.L. © 2024 | Política de Privacidad | Aviso Legal y condiciones de uso

Este sitio utiliza cookies para mejorar la experiencia de navegación. Al navegar por el sitio da su consentimiento para el uso de estas cookies según nuestra política de Cookies | Aceptar | Saber más