13 de junio de 2014
Se jubila el Código de Comercio con 129 años
El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley del Código Mercantil que sustituirá al Código de Comercio vigente desde 1885. Este anteproyecto regula materias que carecen de normativa aplicable y moderniza los campos ya regulado por el Código de Comercio.
Los 1.726 artículos que conforman el Código de Comercio estarán estructurados en un título preliminar y siete libros.
El título primero delimita la materia mercantil, da un concepto de mercado y de los protagonistas del mismo a los que clasifica en productores de bienes, prestadores de servicios y consumidores.
Las sociedades mercantiles están reguladas en el libro segundo, donde encontramos las disposiciones generales aplicables a todas las sociedades mercantiles y la diferencia entre las dos grandes categorías de sociedades: Las de personas y las de capital. Buscando una mayor correspondencia entre el capital de la sociedad y la estructura societaria elegida, aumenta el capital mínimo social de la Sociedad Anónima a 120.000€, mientras que mantiene en 3.000€ el de la Sociedad Limitada. También profundiza en las técnicas de constitución telemática y simplificada y fija el régimen de las uniones de empresas, las agrupaciones de interés económico y las uniones temporales de empresas.