27 de octubre de 2017
Entrada en vigor del denominado CÓDIGO LEI obligatorio para las personas jurÃdicas que operen en transacciones de instrumentos financieros admitidos a negociación
Nos ponemos en contacto con vosotros en relación a comunicaros las nuevas obligaciones de identificación que establece la Directiva 2016/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los mercados financieros que entrará en vigor el próximo 1 de Noviembre de 2017 y 3 de Enero de 2018. Esta obligación consiste, principalmente, en la obtención de un código de identificación, denominado LEI. |
¿QUÉ ES EL CÓDIGO LEI?Este Código LEI, es un código global y único, que se utiliza para identificar a las personas jurídicas (sociedades) que son parte en las transacciones financieras y para cumplir con los requisitos de información en los mercados financieros. El código LEI, es un código identificador de 20 caracteres alfanuméricos que identifica cada entidad legal a nivel mundial. ¿QUIÉNES TIENEN QUE SOLICITAR EL LEI?Se debe obtener por las personas jurídicas que operen en transacciones sobre instrumentos financieros admitidos a negociación como operaciones de Derivados o Valores, Renta Fija (ej. bonos, pagarés, etc), Renta Variable(ej. acciones, ETFs, warrants), Pasivos Financieros Estructurados y Notas Estructuradas. Dicho código tendrá que ser comunicado a sus empresas de inversión para poder seguir realizando operaciones. Desde la fecha de su entrada en vigor, sin dicho código las entidades financieras no podrán operar en los mercados financieros. Dado que la normativa es muy clara en estos momentos, los bancos estarán obligados a negarse a cualquier operativa si consideran que ese cliente debe contar un número LEI y no dispone del mismo. ¿CUÁNDO SERÁ OBLIGATORIO FACILITAR EL LEI?Las personas jurídicas que necesiten el LEI tendrán que haber realizado todos los trámites necesarios para obtenerlo desde las siguientes fechas (desde las cuales es obligatorio):
¿ANTE QUIÉN SE SOLICITA EL LEI Y CÚAL ES SU COSTE?El órgano encargado de la emisión del Código LEI es el Registro Mercantil donde la sociedad tenga su domicilio social. El código LEI caducará anualmente, por lo que las personas jurídicas que precisen del mismo deberán renovarlo cada año. |
Desde GRUPO GESOR nos ponemos a vuestra disposición para realizar los trámites necesarios para la gestión y solicitud al Registro Mercantil correspondiente de su código LEI. De estar interesados por favor poneros en contacto con nosotros para iniciar los trámites e informaros de nuestros honorarios por dicha gestión.” |